La violencia de género puede dejar secuelas psicológicas que duran años: estrés postraumático, ansiedad, depresión, problemas de sueño, culpa y baja autoestima, según recoge la Organización Mundial de la Salud. Estas secuelas tienen valor como prueba en el proceso penal y se indemnizan como daño moral. En la Comunitat Valenciana puedes recibir atención psicológica gratuita en los Centros Mujer 24 Horas; Celeste te acompaña.
Muchas mujeres que han salido de una relación violenta se sorprenden de que, meses o años después, sigan teniendo miedo, pesadillas o dificultades para confiar en los demás. No es debilidad ni falta de voluntad: son consecuencias conocidas y documentadas de haber vivido violencia. Este artículo no sustituye la valoración de un profesional sanitario, pero te ayudará a entender lo que puede estar pasando, cómo se tiene en cuenta en un juicio y dónde pedir ayuda sin coste.
Efectos psicológicos documentados
La Organización Mundial de la Salud, en su nota descriptiva sobre violencia contra la mujer (actualizada en junio de 2026), señala que esta violencia causa depresión, estrés postraumático y otros trastornos de ansiedad, dificultades para dormir y trastornos por consumo de alcohol, entre otros problemas de salud. Añade que la violencia de pareja es la cuarta causa principal de pérdida de salud entre las mujeres según estimaciones de 2025.
En la práctica, las secuelas que más se observan son:
- Estrés postraumático: recuerdos intrusivos, pesadillas, sobresaltos, evitación de lugares o personas que recuerdan la violencia y estado de alerta constante.
- Ansiedad, a veces con crisis de pánico, y sensación permanente de amenaza, incluso cuando el agresor ya no está cerca.
- Depresión: tristeza persistente, pérdida de interés, cansancio, aislamiento.
- Trastornos del sueño y dificultades de concentración y memoria.
- Culpa y vergüenza, a menudo alimentadas por el propio agresor durante la relación, por ejemplo mediante el gaslighting.
- Baja autoestima y dependencia emocional, que dificultan tomar decisiones o rehacer relaciones.
- Síntomas físicos sin causa orgánica clara: dolores de cabeza, problemas digestivos, tensión muscular.
Cuando la violencia ha sido prolongada, la Clasificación Internacional de Enfermedades de la OMS (CIE-11) contempla también el trastorno de estrés postraumático complejo, que añade dificultades persistentes para regular las emociones, una visión muy negativa de una misma y problemas en las relaciones. Solo un profesional puede valorar si se da en cada caso.
Importante: si te reconoces en estos síntomas, no necesitas un diagnóstico para pedir ayuda. Habla con tu médico de familia o llama a Celeste al 607 449 491 (24 horas, también por WhatsApp); te acompaña también al Centro Mujer 24 Horas. Si en algún momento sientes que no puedes más, acude de inmediato a urgencias o a tu médico.
El «síndrome de la mujer maltratada»
Es un concepto descrito por la psicóloga estadounidense Lenore Walker a finales de los años setenta para explicar por qué muchas mujeres permanecen en relaciones violentas: el ciclo de tensión, agresión y arrepentimiento, la indefensión aprendida y el miedo. No es un diagnóstico oficial de los manuales clínicos, pero sigue siendo útil para entender comportamientos que desde fuera se interpretan mal, como volver con el agresor, retirar una denuncia o minimizar lo ocurrido.
El valor probatorio de las secuelas psicológicas
Las secuelas no son solo una cuestión de salud: en el proceso penal cumplen varias funciones.
Corroboran tu testimonio
En muchos casos no hay testigos directos. Un informe clínico o pericial que describe síntomas compatibles con lo que relatas es un elemento objetivo que refuerza la credibilidad de tu declaración. También ayuda a explicar al tribunal por qué tardaste en denunciar, por qué tu relato tiene lagunas o por qué en algún momento te retractaste.
Pueden constituir el propio delito
- Causar un menoscabo psíquico a la mujer que es o fue pareja es delito (art. 153.1 CP).
- La violencia psíquica habitual se castiga como maltrato habitual (art. 173.2 CP).
- Si la secuela requiere tratamiento médico o psicológico, puede haber un delito de lesiones (art. 147 CP).
Te lo explicamos en detalle en violencia psicológica: consecuencias legales y cómo demostrarla.
Qué pruebas se utilizan
- Historia clínica de atención primaria y salud mental: consultas, diagnósticos, bajas y tratamientos.
- Informes de los servicios especializados que te han atendido, como los Centros Mujer.
- Valoración forense: el juzgado puede encargarla a las Unidades de Valoración Forense Integral de los Institutos de Medicina Legal, que valoran también a hijas e hijos.
- Pericial psicológica de parte, elaborada por un psicólogo forense independiente a propuesta de tu abogada.
Por eso es recomendable acudir al médico y conservar los informes desde el principio, aunque todavía no hayas decidido denunciar. Más claves en nuestra guía de pruebas para víctimas de violencia de género.
La indemnización por daño moral y secuelas
Quien es condenado por un delito debe reparar el daño causado. El artículo 113 del Código Penal establece que la indemnización comprende los perjuicios materiales y morales. En casos de violencia de género suelen reclamarse:
| Concepto | Qué incluye |
|---|---|
| Daño moral | El sufrimiento, el miedo y la angustia vividos, aunque no haya un trastorno diagnosticado. |
| Lesiones psíquicas | El tiempo de curación del trastorno, con o sin baja. |
| Secuelas | Los efectos psicológicos que permanecen una vez estabilizado el cuadro. |
| Gastos | Tratamiento psicológico o psiquiátrico privado, medicación y otros gastos acreditados. |
Para cuantificar lesiones y secuelas, los tribunales suelen tomar como referencia orientativa el baremo de valoración de daños de la Ley 35/2015, aunque no están obligados a aplicarlo fuera de los accidentes de tráfico. En los casos de violencia sexual, el artículo 53 de la Ley Orgánica 10/2022 exige que la indemnización cubra, al menos, el daño físico y psicológico, incluido el daño moral, la pérdida de oportunidades, los daños materiales, el daño social y el tratamiento terapéutico.
Una buena prueba pericial marca la diferencia: sin ella, el daño moral suele fijarse en cantidades genéricas. Si además necesitas apoyo económico mientras te recuperas, consulta las ayudas económicas para víctimas de violencia de género.
Recursos de apoyo psicológico gratuitos
La Ley Orgánica 1/2004 reconoce a las víctimas de violencia de género el derecho a una atención integral que incluye expresamente la atención psicológica (art. 19). Estos son los recursos principales en Alicante:
- Centro Mujer 24 Horas de Alicante (Generalitat Valenciana): calle García Andreu, 12. Equipo de psicólogas, trabajadoras sociales y abogadas que atiende de forma gratuita, individual y grupal, todos los días del año. Celeste te acompaña.
- Centro de Crisis 24 horas de Alicante, para víctimas de violencia sexual fuera de la pareja, también si ocurrió hace años: calle General Pintós, 21. Celeste te acompaña.
- Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito en los edificios judiciales, que informa y orienta durante el proceso.
- Sistema público de salud: tu médico de familia puede derivarte a salud mental.
Primeros pasos legales en Alicante para que tus secuelas cuenten
Para que el daño psicológico se tenga en cuenta en el proceso, tiene que estar documentado. Cuanto antes empiece ese seguimiento, mejor: los informes de tu psicóloga, de tu médico o del Centro Mujer muestran cómo has evolucionado, y la Sección de Violencia sobre la Mujer puede encargar además una valoración forense integral, prevista en la disposición adicional segunda de la LO 1/2004.
En Alicante la denuncia puede presentarse en la Oficina de Denuncias y Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género (sede judicial de la avenida de Aguilera, 53), que cuenta con psicología y medicina forense en el mismo espacio, y te acompañamos personalmente. La causa la instruye la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Alicante, en el mismo edificio.
Si el asunto se tramita como juicio rápido, los plazos son muy cortos. Por eso en el despacho reunimos los informes desde el primer día y pedimos la indemnización por las secuelas dentro del propio procedimiento penal, sin que tengas que iniciar otro juicio. También solicitamos las medidas de la orden de alejamiento que te permitan recuperarte con tranquilidad. Lee cómo denunciar en Alicante y cómo es el juicio rápido por violencia de género en Alicante.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo duran los efectos psicológicos de la violencia de género?
Depende de cada persona, de la duración y gravedad de la violencia y del apoyo recibido. Algunas mujeres mejoran en meses; en otras, síntomas como la ansiedad, el insomnio o el estado de alerta persisten durante años, sobre todo sin tratamiento. La atención psicológica especializada y una red de apoyo estable favorecen la recuperación. Solo un profesional puede valorar tu situación concreta.
¿Necesito un informe psicológico para denunciar?
No. Puedes denunciar sin ningún informe previo. Sin embargo, los informes médicos y psicológicos son una prueba muy valiosa para acreditar el daño, corroborar tu relato y reclamar una indemnización. Durante el proceso, el juzgado puede encargar una valoración forense y tu abogada puede proponer una pericial psicológica de parte.
¿Se puede pedir indemnización por daño psicológico aunque no haya golpes?
Sí. El artículo 113 del Código Penal incluye los perjuicios morales en la responsabilidad civil derivada del delito. Si la violencia psicológica se acredita y hay condena, la víctima puede ser indemnizada por el daño moral, las lesiones psíquicas, las secuelas y los gastos de tratamiento. Contar con informes y una pericial sólida permite cuantificar mejor ese daño.
¿Dónde puedo recibir atención psicológica gratuita en Alicante?
En el Centro Mujer 24 Horas de la Generalitat Valenciana, en la calle García Andreu, 12, que atiende todos los días del año. También a través de tu centro de salud y, si has sufrido violencia sexual fuera de la pareja, en el Centro de Crisis 24 horas de Alicante (calle General Pintós, 21). Todos son gratuitos, y Celeste te acompaña.
Tu recuperación importa tanto como el proceso judicial, y ambos pueden ir de la mano. Celeste Pérez Bleda te ayuda a reunir los informes adecuados y a reclamar la reparación que te corresponde en su servicio de defensa de la mujer víctima de violencia de género, y en divorcios con violencia de género. Si lo necesitas, puedes llamar al 607 449 491, disponible las 24 horas.
Base legal y fuentes
- Organización Mundial de la Salud: nota descriptiva sobre violencia contra la mujer
- Código Penal (arts. 113, 147, 153 y 173), texto consolidado
- Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (art. 19)
- Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual (arts. 47 y 53)
- Ley 35/2015, de reforma del sistema de valoración de daños en accidentes de circulación
- Generalitat Valenciana: Centros Mujer 24 horas
- Generalitat Valenciana: Centros de Crisis 24 horas


