Violencia digital
En resumen
Valoramos qué delitos concurren, preparamos la denuncia con las pruebas digitales bien documentadas, pedimos medidas como la prohibición de comunicación y actuamos para retirar el contenido. Si eres tú el acusado, analizamos la autenticidad y la integridad de las pruebas digitales aportadas.
Sí, pero pueden impugnarse. Para reforzarlas conviene conservar el dispositivo original y, si es necesario, un acta notarial o un peritaje informático.
Sí. Desde la Ley Orgánica 10/2022, el artículo 197.7 del Código Penal castiga también a quien difunde, revela o cede esas imágenes después de recibirlas.
Acceder al móvil o a las cuentas de otra persona sin su consentimiento puede ser un delito de descubrimiento y revelación de secretos, además de una forma de control propia de la violencia de género.
Base legal
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