Inicio  /  Servicios  /  Violencia sexual

Nueva competencia

Abogada de violencia sexual en Alicante

Desde el 3 de octubre de 2025, las Secciones de Violencia sobre la Mujer investigan todos los delitos contra la libertad sexual cuando la víctima es una mujer, también si el agresor es un desconocido. Te acompañamos con discreción en todo el proceso.
Revisado por Celeste Pérez Bleda, colegiada nº 7301 · Actualizado en octubre de 2026

En resumen

La Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, situó el consentimiento en el centro: solo se entiende que hay consentimiento cuando se ha manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona (artículo 178 del Código Penal). Las penas fueron revisadas por la Ley Orgánica 4/2023. Desde el 3 de octubre de 2025, por la Ley Orgánica 1/2025, la instrucción de estos delitos cuando la víctima es mujer corresponde a la Sección de Violencia sobre la Mujer, aunque el agresor no sea su pareja.

Qué ha cambiado

  • Consentimiento: desde la Ley Orgánica 10/2022, cualquier acto sexual sin consentimiento es agresión sexual. Desaparece la distinción entre abuso y agresión.
  • Penas: la Ley Orgánica 4/2023 reformó las penas para los casos con violencia o intimidación, o cuando la víctima tiene anulada su voluntad.
  • Juzgado especializado: desde el 3 de octubre de 2025, la Sección de Violencia sobre la Mujer instruye los delitos contra la libertad sexual, la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso con connotación sexual y la trata cuando la víctima es una mujer.

Si acabas de sufrir una agresión

  • Busca un lugar seguro y, si puedes, acude a un hospital: allí se recogen las pruebas médicas y forenses.
  • Si es posible, no te duches ni te cambies de ropa antes del reconocimiento; guarda la ropa en una bolsa de papel.
  • Puedes denunciar más adelante. No hay un plazo inmediato, aunque cuanto antes se actúe, más fácil es conservar las pruebas.

Cómo te acompañamos

  1. Una primera conversación confidencial, a tu ritmo, para valorar opciones.
  2. Preparación de la denuncia y de las medidas de protección, evitando que tengas que repetir tu relato más veces de las necesarias.
  3. Acusación particular durante la instrucción y el juicio, con atención a tu intimidad y a la reparación del daño.

Preguntas frecuentes

El límite es el plazo de prescripción del delito, que depende de la pena y es de varios años; en el caso de víctimas menores de edad empieza a contar cuando cumplen 35 años. Aun así, actuar pronto facilita conservar las pruebas.

Si eres mujer y la denuncia es posterior al 3 de octubre de 2025, la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de tu partido judicial.

La ley prevé medidas para evitar la confrontación visual con el agresor, como declarar mediante videoconferencia o con mamparas. Las solicitamos siempre que lo necesites.

Cada hora cuenta. Hablemos hoy.

Primera valoración confidencial de tu caso.
¿Puedo ayudarte?