Familia y conflicto
En resumen
El abandono de familia (artículo 226 del Código Penal) castiga además el incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad.
Si hay violencia de género entre los progenitores, estas reclamaciones pueden corresponder a la Sección de Violencia sobre la Mujer.
Si tus ingresos han bajado, lo correcto es pedir cuanto antes una modificación de medidas. Mientras no haya una nueva resolución, la pensión acordada sigue siendo exigible. Te ayudamos a acreditar tu situación y a negociar un plan de pago.
Dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, según el artículo 227 del Código Penal. En vía civil se puede reclamar desde el primer impago.
Sí. En la ejecución de pensiones de alimentos el juez puede fijar embargos superiores a los límites ordinarios para garantizar el pago.
El pago posterior no borra automáticamente el delito, pero puede tener efectos favorables en la pena y en la responsabilidad civil. Valóralo con tu abogada.
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